Disfruta el cambio de coche
La disolución de las Cortes deja sin aprobar dos reformas en las que la DGT llevaba meses trabajando. El director de Tráfico asegura que solo es cuestión de tiempo, pero todo dependerá del Parlamento que salga de las urnas.
La convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre tiene una consecuencia directa para los conductores. Cuando se disuelven las Cortes, todas las leyes que están a medio tramitar decaen y tienen que empezar de cero en la siguiente legislatura. Entre ellas hay dos que la Dirección General de Tráfico consideraba prioritarias.
Pere Navarro lo reconoció este miércoles, durante la presentación de una campaña contra el alcohol al volante. Visiblemente molesto, aseguró que «el tema estaba atado».

1. La tasa de alcoholemia no baja (de momento)
La primera medida que se queda en el aire es la rebaja de la tasa máxima de alcohol al volante. La proposición de ley del PSOE pretendía reducirla de 0,5 a 0,2 gramos por litro en sangre, más de la mitad. En aire espirado, que es lo que mide el etilómetro en un control, el límite general pasaría de 0,25 a 0,10 miligramos por litro.
En la práctica, con 0,2 g/l una sola caña puede bastar para dar positivo, según el peso y la persona. Por eso la DGT la planteaba casi como una tasa cero.
Navarro recordó que los límites actuales se fijaron en 1998, así que pronto cumplirán 30 años. También destacó que en España se hacen unos 9 millones de controles de alcoholemia al año, y que el alcohol sigue siendo la segunda causa de siniestros. Según la última memoria del Instituto Nacional de Toxicología, 290 conductores fallecidos en 2025 dieron positivo por alcohol.
Las mejores ofertas de renting del mes

2. Correr más no será delito antes
La segunda reforma afectaba a la velocidad. Hoy, el Código Penal considera delito superar el límite en más de 60 km/h en ciudad o en más de 80 km/h en carretera. La proposición registrada en febrero rebajaba esos márgenes a 50 y 70 km/h respectivamente.
Traducido a ejemplos reales:
| Tipo de vía | Límite | Delito hoy | Delito con la reforma |
|---|---|---|---|
| Calle urbana | 50 km/h | A partir de 111 km/h | A partir de 101 km/h |
| Carretera convencional | 90 km/h | A partir de 171 km/h | A partir de 161 km/h |
| Autovía o autopista | 120 km/h | A partir de 201 km/h | A partir de 191 km/h |
Quien supera esos umbrales deja de enfrentarse a una simple multa de 600 euros y 6 puntos. Pasa a un procedimiento penal, con posible pena de prisión de 3 a 6 meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y retirada del carnet. La DGT tramita cada año unos 3,5 millones de denuncias por exceso de velocidad.

¿Qué pasa ahora con estas medidas?
Con las Cortes disueltas, ambas proposiciones caducan. Para recuperarlas, habrá que volver a registrarlas en el nuevo Congreso, someterlas otra vez a debate y repetir todo el trámite parlamentario. Eso, como pronto, llevará muchos meses después de que se forme Gobierno.
Navarro se mostró convencido de que acabarán saliendo adelante. Dijo que el tema «está sembrado» y que todo es cuestión de tiempo. La realidad es que su futuro dependerá de la aritmética del próximo Parlamento. Ambas iniciativas eran del PSOE y no contaban con un apoyo asegurado.
Haz este test y encuentra tu coche ideal

Qué significa para ti
Mientras tanto, nada cambia. La tasa de alcohol sigue en 0,5 g/l en sangre (0,25 mg/l en aire) para la mayoría de conductores, y en 0,3 g/l (0,15 mg/l en aire) para noveles y profesionales. Los umbrales del delito por velocidad siguen siendo los actuales: 60 km/h por encima del límite en ciudad y 80 km/h en carretera.
Si quieres saber cuánto te puede costar cada exceso, consulta nuestra guía de multas por exceso de velocidad en 2026.
Sigue a Carwow y no te pierdas nada
Noticias y vídeos en tu móvil: Únete a nuestro canal de WhatsApp y añade Carwow como fuente preferida.
Al suscribirte, aceptas los Términos y la Privacidad. Baja en un clic.