Disfruta el cambio de coche
Comprar un coche en 2025 pudo tener premio fiscal, pero solo en determinados casos y con condiciones muy concretas que muchos desconocen. Hacienda confirma cómo deducir el coche en la Renta: estas son todas las ayudas y requisitos en 2026
Si adquiriste un coche durante 2025, hay buenas noticias de cara a la declaración de la Renta de este año… aunque no para todo el mundo. Hacienda contempla varias deducciones relacionadas con la compra de vehículos, pero están limitadas a perfiles muy concretos y a condiciones que conviene entender bien antes de aplicarlas.
Además, hay un punto clave que genera mucha confusión: qué ocurre si has recibido ayudas públicas como el Plan MOVES III. Aquí es donde muchos contribuyentes cometen errores.
Qué coches permiten deducción en la Renta
No todos los vehículos generan beneficios fiscales. La normativa actual establece que solo podrán aplicarse deducciones quienes hayan comprado en 2025 alguno de estos modelos:
- Coches eléctricos
- Híbridos enchufables
- Vehículos de pila de combustible
- Modelos de autonomía extendida

En estos casos, se puede aplicar una deducción del 15% en el IRPF, con un límite máximo de 3.000 euros sobre una base de hasta 20.000 euros. Además, también existe otra ventaja poco conocida: la instalación de un punto de recarga en casa permite aplicar otra deducción del 15%, con un máximo de 4.000 euros. Eso sí, hay una condición clave: el coche debe ser nuevo. Ni los vehículos de segunda mano ni los denominados KM 0 permiten acceder a estas deducciones.
Autónomos: más margen para deducir el coche
Los trabajadores autónomos siguen siendo uno de los perfiles con mayor capacidad para beneficiarse fiscalmente del coche, siempre que este esté vinculado a su actividad profesional.
En estos casos, pueden deducirse:
- Hasta el 50% del IVA
- Parte de las cuotas del vehículo (compra o renting)
- Gastos de mantenimiento
- Hasta el 50% del combustible
Este porcentaje puede subir hasta el 100% en actividades donde el coche es esencial, como ocurre con taxistas, transportistas, comerciales o profesores de autoescuela. La clave, una vez más, está en justificar que el vehículo se utiliza realmente para trabajar.

Beneficios para personas con discapacidad
Otro de los colectivos que puede acceder a ventajas fiscales es el de personas con discapacidad, ya sea el propio contribuyente o familiares directos a su cargo. En estos casos, la principal ventaja está en el IVA reducido: se aplica un tipo del 4% en lugar del 21%, y además es posible deducirse el 50% de este impuesto en la declaración.
Se trata de una medida específica que busca facilitar el acceso a la movilidad en situaciones donde el vehículo es una necesidad.
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Ojo con el Plan MOVES III: hay que declararlo
Uno de los puntos más importantes —y que más dudas genera— tiene que ver con las ayudas públicas. Si has recibido una subvención del Plan MOVES III, debes saber que no es una deducción, sino que Hacienda la considera una ganancia patrimonial. Esto significa que:
- Debe incluirse en la declaración de la Renta
- Está sujeta a tributación
Es decir, aunque recibas una ayuda para comprar el coche, esta puede aumentar la base imponible y hacer que pagues más impuestos.
¿Y el Programa Auto+?
En cuanto a otras ayudas como el Programa Auto+, su tratamiento es distinto. Al no haber estado activo durante el ejercicio fiscal de 2025, no tiene impacto en la declaración actual.

Sin embargo, sí lo tendrá en futuras campañas, por lo que conviene tenerlo en cuenta si se han recibido ayudas en 2026.
Resumen rápido
| Caso | Beneficio fiscal |
|---|---|
| Compra coche eléctrico nuevo | 15% IRPF (máx. 3.000 €) |
| Punto de recarga | 15% (máx. 4.000 €) |
| Autónomos | Hasta 50% IVA y gastos |
| Profesionales específicos | Hasta 100% deducción |
| Discapacidad | IVA reducido + deducción |
| Plan MOVES III | Tributa como ganancia |
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