¿No te cabe el chaleco reflectante en tu moto deportiva? Esto dice la DGT que hay que hacer desde octubre

24 de agosto de 2026 de

Si tienes una moto, apunta esta fecha: 1 de octubre de 2026. Desde ese día, llevar un chaleco reflectante homologado deja de ser una costumbre de motorista precavido para convertirse en una obligación legal.

La norma no distingue entre una scooter con hueco bajo el asiento y una deportiva donde apenas cabe la documentación, así que si tu moto no tiene portabultos, alforjas o maletas, vas a tener que buscarte la vida.

Qué cambia con la nueva normativa

La medida aparece en el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio de 2026, que modifica el Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía. Hasta ahora, esta exigencia se aplicaba sobre todo a coches, autobuses y camiones. Los conductores de motocicletas quedan ahora incluidos en esa misma obligación.

La clave está en una modificación del Reglamento General de Vehículos, que añade un nuevo apartado en el que se exige a las motocicletas llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual. Es decir, no vale cualquier chaleco que tengas por casa. Tiene que estar homologado.

Cuándo tienes que ponértelo, y cuándo no

Aquí está el matiz que más confusión genera. No vas a tener que llevar el chaleco puesto mientras conduces. La ley solo exige que lo tengas contigo en la moto, al igual que lo haces en el coche con el propio chaleco o con la baliza V-16 (de la que de momento las motos se salvan).

El conductor está obligado a utilizarlo cuando abandona la moto y ocupa la calzada o el arcén en una vía interurbana, por ejemplo tras una avería o un accidente. Debes ponértelo incluso si te sitúas detrás de un guardarraíl mientras esperas asistencia.

La multa si no lo llevas

No llevar el chaleco reflectante cuando es obligatorio usarlo conlleva una sanción de 200 euros, aunque no supone pérdida de puntos del carnet de conducir. En este apartado, la sanción también es la msima que con el coche.

A partir del 1 de octubre, los agentes de tráfico podrán comprobar si portas el elemento reflectante e imponer la sanción correspondiente, así que es conveniente empezar a hacer hueco si tu moto lo tiene. Y es ese uno de los mayores problemas.

Muchas motos no tienen hueco para guardarlo

Aquí es donde la norma choca con la realidad de muchas motos. Las deportivas, las naked más compactas y buena parte de las enduro comparten un problema habitual: apenas ofrecen espacio para guardar documentación, herramientas o cualquier objeto personal. En algunas, levantar el asiento solo deja ver la batería y parte de la instalación eléctrica.

El propio debate ha saltado a redes, con motoristas y divulgadores preguntándose cómo se supone que va a caber el chaleco en una moto sin apenas espacio de almacenaje. Y la respuesta oficial no deja mucho margen.

Qué dice la DGT si no te cabe

La falta de espacio no exime de llevarlo. El texto publicado en el BOE no contempla ninguna excepción por tipo de moto, cilindrada o uso. Así que si conduces una deportiva o una moto sin espacio, tendrás que encontrar dónde meterlo igualmente.

La norma tampoco aclara si basta con llevarlo en la mochila del conductor o en un bolsillo de la chaqueta, así que la interpretación más prudente es llevarlo siempre accesible antes de exponerte al tráfico.

Dónde meterlo si tu moto no tiene espacio

La buena noticia es que un chaleco reflectante homologado ocupa muy poco una vez plegado. En una moto sin espacio bajo el asiento, las opciones más razonables pasan por una pequeña bolsa fijada al vehículo, una bolsa de depósito, un portadocumentos sujeto a la moto o algún compartimento de tu propia equipación.

En una trail con maletas o una scooter con hueco bajo el asiento, guardarlo es sencillo. En una naked pequeña, una deportiva o una moto sin almacenamiento, la solución pasa por la mochila, una bolsa o la propia chaqueta. Y si ninguna de esas opciones te convence, siempre puedes llevarlo puesto.

Un caso aparte: los profesionales en moto

Si te ganas la vida sobre dos ruedas, la exigencia va un paso más allá. Los conductores que desarrollan su actividad profesional en motocicleta, ciclomotor, bicicleta o vehículo de movilidad personal deberán utilizar el chaleco reflectante mientras circulan, en todo tipo de vías, no solo llevarlo guardado para una emergencia.

Para el resto de motoristas, la norma es más sencilla de cumplir de lo que parece a primera vista. Tenlo siempre contigo, guárdalo donde puedas y ponte a él el día que tengas que bajarte en carretera.


Sigue a Carwow y no te pierdas nada

Noticias y vídeos en tu móvil: Únete a nuestro canal de WhatsApp.

Al suscribirte aceptas los Términos y la Privacidad. Baja en un clic.