Guía completa para solicitar la exención del IVTM en España: requisitos y condiciones
29 de mayo de 2025 de Mario Garcés

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), comúnmente conocido como impuesto de circulación o “sello del coche”, es un tributo municipal que deben pagar los propietarios de vehículos en España. Sin embargo, en determinadas circunstancias, es posible acogerse a exenciones o bonificaciones parciales o totales de este impuesto.
Dado que el IVTM es gestionado por cada ayuntamiento, las condiciones para obtener exenciones pueden variar según el municipio. A continuación, te explicamos los casos más comunes en los que puedes solicitar la exención o bonificación, qué documentación necesitas y cómo hacerlo. Si no te puedes beneficiar de la exención, está bien conocer cómo realizar el pago del IVTM.
¿Quién puede tener derecho a la exención o bonificación del IVTM?
1. Vehículos históricos o clásicos
Muchos ayuntamientos ofrecen la exención o bonificación para vehículos catalogados como históricos o clásicos, generalmente con una antigüedad superior a 25 o 30 años. Estos vehículos deben estar inscritos en el registro de vehículos históricos correspondiente.

2. Vehículos eléctricos o de energías alternativas
Con el impulso a la movilidad sostenible, muchas localidades bonifican o eximen del IVTM a vehículos eléctricos, híbridos enchufables, o con tecnologías alternativas que reduzcan la contaminación.
3. Personas con discapacidad
En muchos municipios, las personas con discapacidad reconocida tienen derecho a exenciones o reducciones en el pago del impuesto para los vehículos que utilicen o estén adaptados para su movilidad.
4. Familias numerosas
Algunos ayuntamientos aplican bonificaciones a familias numerosas en función del número de vehículos o el tipo de vehículo.
5. Pensionistas o jubilados
Al no estar regulado ni nacional ni autonómicamente, depende de cada municipio que se puedan beneficiar los mayores de 65 años.
Requisitos generales para acceder a la exención o bonificación
- Ser titular y propietario del vehículo.
- Que el vehículo esté dado de alta y en condiciones legales para circular.
- Cumplir con los requisitos específicos del ayuntamiento (antigüedad del vehículo, características técnicas, etc.).
- Presentar la solicitud formal y la documentación requerida en plazo.
Documentación habitual necesaria
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Justificante de empadronamiento.
- Tarjeta de inspección técnica (ITV).
- Certificados específicos según el tipo de bonificación (certificado de discapacidad, título de familia numerosa, certificado de vehículo histórico, etc.).
- En algunos casos, declaración responsable o formulario oficial del ayuntamiento.

Exención o bonificación para jubilados y mayores de 65 años
En algunos municipios, los jubilados o personas mayores de 65 años pueden beneficiarse de una exención o bonificación en el pago del IVTM. No obstante, esta medida no está regulada a nivel autonómico o nacional, sino que depende exclusivamente de las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento.
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Condiciones habituales
- Tener 65 años o más.
- Ser titular del vehículo.
- El vehículo suele estar sujeto a limitaciones en la potencia fiscal para acceder a la bonificación.
- Que el vehículo se utilice para fines personales y no comerciales.
- Presentar la documentación que acredite la edad y la titularidad del vehículo.
¿Qué pasos seguir?
- Consulta en la web de tu ayuntamiento la existencia de bonificaciones o exenciones para mayores de 65 años.
- Descarga y rellena el formulario de solicitud de exención o bonificación.
- Reúne la documentación requerida (DNI, permiso de circulación, certificado de empadronamiento, etc.).
- Presenta la solicitud en el ayuntamiento dentro del plazo establecido, que normalmente coincide con el pago anual del impuesto.
- Espera la resolución favorable y el ajuste en el importe a pagar.
Ejemplo de ayuntamientos con esta bonificación
Algunos municipios españoles como Madrid, Barcelona, o Valencia, suelen incluir bonificaciones para mayores de 65 años, aunque siempre con limitaciones y requisitos específicos. Es recomendable revisar la ordenanza fiscal vigente para el año en curso.
Para cualquier caso, tener la documentación al día, conocer los plazos y presentar la solicitud formal correctamente son pasos clave para beneficiarte de estas exenciones y bonificaciones.
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