Guía completa para solicitar la exención del IVTM en España: requisitos y condiciones

29 de mayo de 2025 de

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), comúnmente conocido como impuesto de circulación o “sello del coche”, es un tributo municipal de carácter obligatorio que deben pagar los propietarios de vehículos en España. Sin embargo, la ley permite acogerse a exenciones y bonificaciones fiscales (parciales o totales) bajo determinadas circunstancias que conviene conocer.

Dado que el IVTM es gestionado y recaudado de forma directa por cada ayuntamiento, las condiciones y el porcentaje de las bonificaciones varían notablemente según el municipio de empadronamiento. A continuación, te explicamos los casos más comunes en los que puedes ahorrarte este impuesto, qué documentación necesitas y cómo tramitarlo. Si no cumples los requisitos para librarte de él, te interesará saber cómo realizar el pago del IVTM dentro de los plazos legales.

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¿Quién puede tener derecho a la exención o bonificación del IVTM?

1. Vehículos históricos o de colección

La gran mayoría de los ayuntamientos ofrecen una bonificación de hasta el 100% para los vehículos clásicos. Con la entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, el proceso de catalogación se ha simplificado notablemente. Como regla general, se exige que el vehículo tenga una antigüedad mínima de 30 años desde su fabricación o matriculación y que se encuentre en su estado original.

Coche clásico circulando amparado por el nuevo reglamento de vehículos históricos

2. Vehículos eléctricos, eco o de energías alternativas

Con el objetivo de fomentar la movilidad sostenible, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite a los municipios aplicar bonificaciones de hasta el 75% en la cuota del impuesto para vehículos eléctricos, híbridos enchufables (PHEV), híbridos autorrecargables, o aquellos propulsados por gas (GLP y GNC).

3. Personas con discapacidad o movilidad reducida

Están exentos del pago del IVTM los vehículos matriculados a nombre de personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Esta exención total se aplica tanto a los vehículos conducidos por la propia persona con discapacidad como a los destinados a su traslado habitual, estando limitada a un solo vehículo por beneficiario de forma simultánea.

4. Familias numerosas

Muchos ayuntamientos contemplan reducciones en el impuesto de circulación (habitualmente de entre el 50% y el 75%) aplicables al vehículo familiar. El porcentaje exacto suele depender del número de hijos y de la potencia fiscal del coche.

5. Pensionistas o jubilados con bajos ingresos

Al no existir una regulación estatal unificada, el descuento para mayores de 65 años queda en manos de las ordenanzas fiscales de cada localidad, las cuales suelen ligar la ayuda a un límite estricto de ingresos o pensiones mínimas.

Requisitos generales para acceder a la exención o bonificación

  • Ser el titular administrativo y propietario del vehículo en el Registro de la DGT.
  • Que el vehículo figure en situación de alta activa y cuente con la ITV en vigor para circular.
  • Cumplir con los criterios específicos fijados por la ordenanza del ayuntamiento (límites de potencia fiscal, tipo de motorización, etc.).
  • Efectuar la solicitud formal antes de que comience el periodo voluntario de pago, ya que estas bonificaciones habitualmente no tienen carácter retroactivo.

Documentación habitual necesaria

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE del titular.
  • Permiso de circulación del coche o justificante de la DGT.
  • Ficha técnica del vehículo (Tarjeta de la ITV).
  • Certificado de empadronamiento actualizado del titular en el municipio.
  • Documentos acreditativos según el caso: Certificado oficial de discapacidad, Título de Familia Numerosa en vigor, o la documentación técnica que certifique el carácter histórico del vehículo.
Documentación de un vehículo relacionada con los impuestos de circulación en España

Exención o bonificación para jubilados y mayores de 65 años: ¿Realidad o mito?

Es una duda muy frecuente entre los conductores de avanzada edad. Aunque a nivel general se tiende a pensar que cumplir los 65 años otorga un descuento directo en el “sello”, esta medida no está regulada a nivel autonómico ni nacional, sino que depende de las ordenanzas fiscales particulares de cada ayuntamiento.

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Condiciones habituales en los municipios que sí la aplican

  • Tener 65 años o más en la fecha de devengo del impuesto (1 de enero).
  • Ser titular exclusivo del vehículo evaluado.
  • El automóvil debe ajustarse a limitaciones rigurosas en la potencia fiscal (generalmente motores pequeños de menos de 12 o 14 CVF).
  • Que el vehículo se destine estrictamente a un uso particular y no comercial.
  • Cumplir con los baremos de renta máxima anual de la unidad familiar fijados por el consistorio.

¿Qué pasos debes seguir para solicitarla?

  1. Consulta la ordenanza fiscal: Accede a la sede electrónica o acude a la oficina de atención ciudadana de tu ayuntamiento para comprobar si disponen de esta bonificación por edad o renta.
  2. Rellena la solicitud oficial: Descarga y cumplimenta el formulario específico para la bonificación de tributos locales.
  3. Prepara los justificantes: Reúne la documentación del coche, DNI, padrón y, si lo solicita el municipio, un justificante de los ingresos de tu pensión.
  4. Presenta el trámite en plazo: Hazlo a través del registro (físico o telemático) del ayuntamiento preferiblemente en el primer trimestre del año para asegurar su aplicación en el recibo corriente.
  5. Verificación del descuento: Una vez aprobada, la bonificación suele quedar fijada para los ejercicios siguientes, salvo que cambie la ordenanza municipal o las características del titular.

¿Qué ocurre en las grandes capitales?

Es importante destacar que grandes consistorios como los de Madrid, Barcelona o Valencia no aplican un descuento directo por el simple hecho de ser jubilado, sino que enfocan sus exenciones en criterios estrictamente medioambientales (etiquetas ECO y Cero) o de movilidad (discapacidad). Por tanto, resulta imprescindible revisar con lupa la normativa de tu localidad antes de dar por hecho el descuento.

Para cualquier caso, mantener la documentación al día, conocer los plazos y presentar la solicitud formal correctamente son pasos clave para beneficiarte de estas exenciones y bonificaciones fiscales.

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