Si llevas esto en la moto pensando que es obligatorio, te han engañado: todas las multas de moto en 2026, y las tres que no existen
21 de septiembre de 2026 de David Díez
La multa estándar del motorista en España son 200 €: es lo que cuesta el casco, el escape libre, la ITV caducada y llevar a un menor de doce años. Pero el 1 de octubre de 2026 entra en vigor el nuevo Reglamento de Circulación y aparecen dos multas que hoy no existen. Aquí está la tabla completa, con lo que pagas si abonas pronto y los puntos que te cuesta cada una.

En esta guía
- Qué cambia el 1 de octubre
- La tabla completa de multas de moto
- Tres multas de moto que no existen
- La única buena noticia: el arcén a 30 km/h
- El descuento del 50 % y los plazos
- Preguntas frecuentes
Qué cambia el 1 de octubre
El Real Decreto 518/2026, aprobado el 23 de junio y publicado en el BOE, entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Desde ese día, conductor y pasajero necesitan guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier vía. Las chanclas y las sandalias pasan a ser sancionables. Las dos son infracción grave: 200 € cada una, sin pérdida de puntos.
Hay tres matices que conviene tener claros, porque las fechas se están mezclando en muchos sitios:
- Los guantes homologados llegan más tarde. La obligación de que sean homologados no se aplica hasta que se publique la orden ministerial con sus especificaciones técnicas. Hasta entonces valen los guantes de protección que se usan hoy.
- El casco homologado es para 2027. La exigencia de que el casco esté homologado y no simplemente certificado no entra en vigor hasta el 1 de octubre de 2027. Circular sin casco ya se multa hoy, pero el endurecimiento de la homologación tiene un año más de margen.
- El chaleco reflectante es solo para profesionales. Los repartidores y mensajeros en moto deben llevarlo siempre desde el 1 de octubre. Para el resto de los motoristas no cambia nada, y si tu moto es una deportiva donde no cabe, lo explicamos aquí: qué dice la DGT del chaleco reflectante en motos deportivas.

La tabla completa de multas de moto
Ordenadas por bloques. La última columna es lo que pagas de verdad si abonas la multa en los veinte días siguientes a la notificación: el descuento por pronto pago es del 50 % y no renuncias a nada más que al recurso.
Los cuatro puntos del casco son la sanción más dura de la lista en proporción, y hay un motivo por el que verás la cifra mal en muchas páginas: la Ley 18/2021 los subió de 3 a 4 el 21 de marzo de 2022, y bastantes fuentes siguen publicando la cifra antigua.
Dos aclaraciones sobre la tabla. El aparcamiento en acera lo regula cada ayuntamiento, así que el importe y la tolerancia cambian de una ciudad a otra; los 200 € son la referencia estatal. Y circular sin seguro es una sanción graduada: la ley prevé de 601 a 3.005 € según el tipo de vehículo y el tiempo sin cobertura, y las cifras de la tabla son las que se aplican habitualmente. Ahí hay una consecuencia peor que la multa: en caso de accidente, respondes tú de todos los daños.
Del exceso de velocidad damos el rango, porque el detalle tramo por tramo —para coche y para moto— lo tenemos desglosado en multas por exceso de velocidad en 2026.
Tres multas de moto que no existen
Circulan más que las de verdad. Estas tres no te las puede poner nadie:
No llevar la baliza V16 en la moto
Es la confusión más extendida de 2026. La baliza V16 conectada es obligatoria desde el 1 de enero de 2026 y sustituye a los triángulos, pero la norma nombra únicamente turismos, autobuses, vehículos mixtos y vehículos de mercancías. Las motos y los ciclomotores no aparecen en esa lista.
La propia DGT lo aclara en sus preguntas frecuentes: en motocicleta no es obligatoria, aunque la recomienda por seguridad. No hay multa posible por no llevarla.

Ir sin guantes, hasta el 30 de septiembre
Hoy no existe ninguna obligación de llevar guantes en moto en España, al contrario de lo que pasa en Francia desde 2016. Muchos artículos ya la dan por vigente y no lo está: empieza el 1 de octubre de 2026 y solo en vías interurbanas.
Dicho lo cual, en una caída las manos son lo primero que toca el suelo. Que aún no sea sancionable no lo convierte en buena idea.
Circular por el arcén en un atasco
Lo era, y ha dejado de serlo. El nuevo reglamento autoriza expresamente a las motos a usar el arcén derecho en retenciones, con dos condiciones: no pasar de 30 km/h y que el tramo esté señalizado para ello. Ojo al detalle: fuera de los tramos señalizados sigue siendo infracción. No es una barra libre.

La única buena noticia
El arcén a 30 km/h es la primera norma en años que da algo a los moteros. Todo lo demás que llega el 1 de octubre son obligaciones nuevas. Esta es la única concesión, y responde a una realidad que cualquiera que entre a Madrid o a Barcelona en hora punta conoce: la moto en un atasco es el vehículo más expuesto de la carretera, parada entre dos filas de coches que se mueven a tirones.
El descuento del 50 % y los plazos
Doscientos euros se quedan en cien si pagas pronto. El descuento se aplica a casi todas las sanciones de tráfico, con estas condiciones:
- 20 días naturales desde la notificación, no hábiles. Cuentan sábados, domingos y festivos.
- Al pagar con descuento renuncias a recurrir y el expediente se cierra ese mismo día.
- Los puntos se pierden igual. El descuento es solo económico: si la infracción resta cuatro puntos, los cuatro se van.
Y un límite que conviene conocer: por encima de los 60 km/h de exceso en ciudad o 80 km/h en vía interurbana, ya no hablamos de multa. El artículo 379 del Código Penal lo convierte en delito, con pena de prisión, multa o trabajos comunitarios y privación del permiso. Ahí no hay pronto pago posible.
Un caso aparte que nos preguntáis mucho: deslimitar la moto sin pasarlo por la ficha técnica. Lo contamos entero en limitar la moto solo en papeles: multas, pérdida de puntos y a lo que te arriesgas.

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Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta la multa por no llevar casco en moto?
200 € y la retirada de 4 puntos del carné, tanto por no llevarlo como por llevar uno sin homologar. Es infracción grave según el artículo 80.1 de la Ley de Seguridad Vial. Si el que va sin casco es el pasajero, la multa es la misma pero no hay pérdida de puntos. Con pronto pago en 20 días se queda en 100 €.
¿Son obligatorios los guantes en moto en España?
Desde el 1 de octubre de 2026, sí, en vías interurbanas, para conductor y pasajero. Hasta esa fecha no existe ninguna obligación. La multa por no llevarlos es de 200 €. La exigencia de que sean guantes homologados queda pendiente de una orden ministerial que fije las especificaciones técnicas; hasta que se publique valen los guantes de protección actuales.
¿Tengo que llevar la baliza V16 en la moto?
No. La baliza V16 conectada es obligatoria desde el 1 de enero de 2026, pero la normativa se refiere solo a turismos, autobuses, vehículos mixtos y vehículos de mercancías. Motos y ciclomotores quedan fuera y no hay sanción posible por no llevarla. La DGT la recomienda por seguridad, pero no la exige.
¿Puedo circular por el arcén cuando hay atasco?
Desde el 1 de octubre de 2026, sí, con dos condiciones: no superar los 30 km/h y que el tramo esté señalizado para permitirlo. Fuera de esos tramos sigue siendo infracción. Es la única medida del nuevo reglamento que amplía derechos en lugar de obligaciones.
¿Me multan por llevar el escape modificado?
Sí, 200 € por circular con escape libre o sin silencioso. Además, cualquier reforma que no esté homologada e inscrita en la ficha técnica impide pasar la ITV, así que el problema no se queda en la multa: la moto no puede circular legalmente hasta que se revierta o se legalice.
¿Cuánto es la multa por llevar una 125 con el carné de coche sin los tres años?
500 € y 4 puntos, por conducir sin el permiso adecuado (artículo 77 de la Ley de Seguridad Vial). El permiso B habilita para motos de hasta 125 cc solo cuando lleva más de tres años en vigor, y únicamente en territorio español.
¿Se pierden los puntos aunque pague con descuento?
Sí. El descuento por pronto pago del 50 % es exclusivamente económico. Si la infracción conlleva pérdida de puntos, se descuentan igual, y al pagar renuncias además a la posibilidad de recurrir.
¿Puedo llevar a un niño de pasajero en la moto?
Solo a partir de los 12 años, con casco homologado y con los pies apoyados en las estriberas. Llevar a un menor de esa edad son 200 €. Es una de las infracciones que menos se conocen y de las que más se cometen.
Importes y puntos según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y su Anexo II. Las novedades del 1 de octubre de 2026 proceden del Real Decreto 518/2026, aprobado el 23 de junio de 2026. Datos verificados en septiembre de 2026.
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